TEMA 4: SUJETOS DE LA COLOCACIÓN PÚBLICA
marzo 12, 2010
El empresario, a la hora de contratar, puede hacerlo el mismo a través de la búsqueda de candidatos para el puesto de trabajo que ofrece, o puede acudir a empresas intermediarias y éstas pueden ser:
1.- SPEE; Se trata de un organismo público que lleva a cabo diversas funciones relacionadas con el empleo y que no tiene fines lucrativos.
2. – Agencias de colocación: Gestionan la colocación de trabajadores en las empresas, sin fines lucrativos, siendo únicamente la remuneración que reciben la necesaria para cubrir gastos.
3.- Agencias de trabajo temporal: Gestionan la colocación temporal de trabajadores en las empresas. Tiene fines lucrativos.
(Si bien tradicionalmente los servicios de colocación han sido públicos, a partir de la reforma Laboral de 1994 desaparece el monopolio de las oficinas públicas de empleo y se autoriza el funcionamiento de Agencias de Empleo no oficiales, publica s o privadas.)
Pese a no mantener en exclusividad su función en la ocupación de trabajadores, los SPEE tienen atribuido un importante papel en esta materia, es por ello que vamos a centrar el análisis en la función que desempeñan los mismos:
Estos servicios se integran en el sistema nacional de empleo. (Art 5 LE) y son dos: el SPEE y los Servicios Públicos de Empleo de las CCAA.
-SPEE: es el organismo autónomo de la Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo (art 10 LE)
-SPECCAA: son los órganos o entidades de las CCAA a las que dichas administraciones encomienden el ejercicio de las funciones necesarias para la gestión de la intermediación laboral y de las políticas activas de empleo.
Desarrollan la función de mediación laboral de manera coordinada a través de los siguientes instrumentos (art 7 LE):
– Plan Nacional de Acción para el Empleo
– Programa anual de trabajo del SPEE
– Sistema de Información de los SPEE.
Los SPEE realizan su labor de manera gratuita bajo el respeto de los principios de igualdad y no discriminación y sus finalidades son:
-Fomento del empleo
– Potenciación de la información dirigida a la colocación
– Aplicación de políticas activas de empleo
– Promoción de la superación de los desequilibrios territoriales
– Garantía de la unidad del mercado de trabajo en el territorio español (art 6 LE)